A la espera de lo que dictamine el Tribunal Constitucional en su día sobre la posible ilegalidad del carácter retroactivo que el Gobierno pretendió dar a su decisión de anular la paga extra de Navidad del personal del sector público correspondiente a 2012, distintas instancias judiciales van emitiendo sentencias casi con cuentagotas que, eso sí, van dando la razón a los afectados. La última de ellas –conocida este lunes- y que, a su vez, es la primera que beneficia directamente a un funcionario, la ha dictado el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palencia.
En su fallo, por el que condena a la Diputación Provincial palentina a que restituya a una de sus empleadas la suma de 501,30 euros correspondiente a una cuarta parte de la paga extra de diciembre pasado, el juez declara que no cabe aplicar los efectos de esa anulación antes de la fecha del decreto derogatorio correspondiente. Subraya en este sentido que “sin hacer grandes escorzos interpretativos”, lo que “con lógica cabe entender” es que el personal público perdió sus derechos de cobro en lo referente al período comprendido entre el 15 de julio y el 30 de noviembre de 2012, pero en modo alguno antes.
Se basa para ello en las mismas leyes (la de Presupuestos Generales del Estado para 2012 y la resolución de la Secretaria de Estado de Hacienda de junio de 1987 referida al devengo de las pagas extraordinarias) que utilizó la Audiencia Nacional, respaldada a su vez por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, para afirmar que la paga extraordinaria, pese a abonarse al final de cada semestre (verano e invierno), se devenga día a día. Es decir, que quedaría entonces fuera del decreto derogatorio del Gobierno los emolumentos que ya habían sido generados entre el 1 de junio y el 14 de julio de 2012.
Para el juez tal circunstancia era tan clara que por ello condena a la administración (la Diputación de Palencia) al pago de las costas procesales, al estimar que mantuvo su criterio en este caso pese a que “no existían serias dudas, ni de hecho ni de derecho”, de que su resolución (en la que rechazaba la petición de la funcionaria) “no resultaba ajustada al ordenamiento jurídico”. Por su parte, los sindicatos CSIF y UGT valoraron que con esta sentencia se sienta un precedente “positivo” de cara las demandas individuales presentadas por el personal funcionario para recuperar parte de la paga extra de Navidad anulada.
http://www.abc.es/economia/20130603/rc-primera-sentencia-favorable-funcionarios-201306031422.html