SENTENCIA JUDICIAL RECONOCE RETRIBUCIONES POR DISPONIBILIDAD DURANTE EL COVID19 A POLICÍA LOCAL AYTO FUENTE EL FRESNO (CIUDAD REAL)

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El Juzgado/ de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Ciudad Real, ha dictado recientemente sentencia 218/2022 donde estima parcialmente la demanda interpuesta por un agente de Policía Local y anula la resolución del Ayuntamiento, y lo condena a la administración a abonar al agente la cantidad de 2.052,43€ .

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La demanda que ha sido tramitada por parte de los Servicios Jurídicos del SPL CLM en Ciudad Real, en este caso por el Despacho del letrado D. Alfonso Parreño, solicitaba que se reconociera al agente una retribución por el tiempo que tuvo que estar totalmente disponible y con un teléfono dispuesto por el Ayuntamiento, durante más de tres meses ordenado por el Sr. Alcalde por resolución estar con DISPONIBILIDAD ABSOLUTA ante la situación de excepcionalidad por el estado de alarma, debiendo estar DISPONIBLE Y LOCALIZABLE, con la advertencia expresa, que en caso de incumplimiento se podrían adoptar medidas disciplinarias por entender que constituye una desobediencia a su superior jerárquico.

Desde el propio agente y por parte del SPL CLM se intentó llegar a un acuerdo amistoso a través de escritos y conversaciones durante más de año y medio, no siendo posible ante la cerrazón del Ayuntamiento, por lo que finalmente se tuvo que interponer la demanda.

El juzgado reconoce el derecho del agente a su retribución, pero entiende que el impacto que tuvo esa disponibilidad en su vida personal fue mínima, ya que estábamos en estado de alarma y la movilidad personal estaba restringida.

La sentencia es firme, y no cabe interponer recurso alguno por su cuantía.

Felicitar a nuestros servicios jurídicos y al agente que finalmente ha visto estimadas sus pretensiones ante la administración, siendo lamentable tener que llegar a estos extremos ante las posturas algo «tozudas» de algunos Alcaldes, que luego no reparan en ordeno y mando mediante resoluciones, pero luego se olvidan de retribuir estas exigencias. El agente nunca se negó a prestar el servicio, al contrario, no dudó en atender las necesidades de sus vecinos y vecinas, pero eso si, luego tiene su derecho a ser retribuido por ello.