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UPN trató de forzar la retirada de denuncias contra Santamaría
PAMPLONA – Simón Santamaría, jefe de la Policía Municipal de Pamplona, deberá acudir a la Audiencia Provincial de Navarra el próximo 27 de marzo junto a buena parte de su cúpula de mando para testificar, en calidad de imputado, por los delitos de amenazas, coacciones, abuso de poder («contra la integridad moral por autoridad o funcionario»), delito contra los derechos de los trabajadores, contra la libertad de reunión, discriminación laboral y falsedades.
En el auto de imputación, hecho público hoy por la Audiencia Provincial, la jueza Mari Paz Benito cita a Santamaría y a dos agentes a declarar el próximo día 27 y, a los otros dos policías, el día 28.
Entre otros hechos, los denunciantes aluden a la prohibición por parte de la jefatura de la Policía Municipal de asambleas de trabajadores el 11 y 20 de junio de 2013.
Así se desprende de un auto notificado ayer y fechado el pasado 6 de marzo por el que la titular del Juzgado de Instrucción número tres de Pamplona, Mari Paz Benito, admite parte de las dos denuncias (más una ampliación de denuncia) que contra Santamaría y los miembros de su cúpula interpusieron por vía penal una agente del cuerpo y la representación sindical de la Agrupación Profesional de la Policía Municipal de Pamplona (APM-SPPME). Entre otros, las denuncias relatan casos de acoso laboral, falsificación de pruebas para informes de acusación, abusos de poder, amenazas personales, prohibición de reuniones legales y supuestos castigos injustificados contra al menos 16 agentes de la Policía Municipal en los últimos cuatro años.
Además de citar a Santamaría para el día 27 a las 9 de la mañana, la juez Benito ha cursado también la misma orden (bajo la amenaza de ser detenidos si la incumplen) contra un cabo y tres inspectores. El primero, con número de placa 314, sería, según se desprende de las denuncias presentadas, el responsable de la investigación de la mayoría de los expedientes sancionadores elaborados por el Grupo de Control y Auditorías (podría asimilarse con asuntos internos) de Policía Municipal. Respecto a los otros tres cargos citados, con números de placa 239, 203 y 280, son todos inspectores que desempeñan cargos de jefes de sala, es decir, responsables de todo el servicio del Cuerpo cuando están de guardia.
ACOSO La primera de las denuncias, cursada por una agente integrante de la representación sindical de APM (con número de placa 051), contiene hasta nueve puntos en los que se relata el supuesto acoso al que habría sido sometida esta policía y que la propia denuncia resume de la siguiente forma: «Concretamente, por parte de Don Simón Santamaría Cebada, este acoso laboral contra la denunciante, se ha prolongado en el tiempo, materializándose en tres expedientes disciplinarios, una amonestación, la denuncia irregular y traslado con grúa de su vehículo particular, todos y cada uno de ellos han sido iniciados a petición del Jefe Don Simón Santamaría. También recibió una imputación falsa por falsedad de documento público en Fiscalía cuyo origen fue un dossier con el logotipo del Ayuntamiento de Pamplona que sólo poseía Jefatura y el Grupo de Control y Auditorías. Además de esto, ha tenido que soportar continuas denegaciones de derechos que ha tenido que hacer valer en los tribunales». La misma denuncia, aceptada parcialmente por la juez Benito, mantiene que «cuando no había manera de basar ciertas acusaciones y comportamientos, varios mandos de Policía Municipal de Pamplona falsearon los hechos, haciendo declaraciones que no se correspondían con la realidad».
Este escrito, que detalla como supuestamente se falseaban testimonios desde «asuntos internos» para expedientar a varios agentes (tesis respaldada por hasta diez resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra), narra cómo Santamaría habría ordenado la retirada del coche de la denunciante como una especie de venganza por la labor sindical que ésta desempeñaba; cómo se notificaban de forma «ilegal» y con «mala fe» algunas resoluciones; cómo se lleva ante la Fiscalía a la agente por denunciar y multar al coche de un alto cargo y cómo supuestamente es amenazada por Santamaría con frases como «voy a ir a por ti».
La mayoría de los casos fueron denunciados de una u otra forma ante el TAN o en lo Contencioso-Administrativo obteniendo el aval de los magistrados ya fuera mediante resolución directa o mediante aceptación del recurso interpuesto por la agente.
ABUSOS Pero no es ésta la única trabajadora de la Policía Municipal supuestamente acosada o víctima de trato discriminatorio por parte del Jefe y de los encargados de redactar los expedientes. En otra denuncia, el sindicato APM relata hasta 15 casos individuales en los que los agentes habrían sido sancionados o expedientados por cuestiones como denunciar a un coche oficial incorrectamente aparcado (un Phaeton del Gobierno de Navarra), lucir gafas de sol con montura blanca en protesta por las decisiones de la cúpula del Cuerpo (en Sanfermines de 2012), denunciar que altos cargos del Ayuntamiento ordenaron sacar un coche del depósito de grúa sin la documentación debida o por cambiar un día de trabajo supuestamente de forma consensuada con uno de los mandos. Hay otro caso en el que supuestamente un inspector habría arrebatado el teléfono particular de un agente para impedirle que grabara una conversación.
Asimismo, el escrito relata cómo altos mandos de la Policía Municipal, siguiendo supuestamente las órdenes de Simón Santamaría, habrían denunciado en dos ocasiones a los representantes sindicales de APM por sendas concentraciones en las que éstos, con el aval de la Delegación de Gobierno, habrían utilizado megafonía que molestaba al Jefe (7 y 11 de junio de 2013). Las denuncias se cursaron por «perturbar levemente la convivencia mediante actos que inciden en la tranquilidad» cuando, según reza el escrito admitido parcialmente por la juez Benito, las mediciones demostraron que «en ningún momento fueron superados los 90 decibelios máximos establecidos para horario diurno».
Finalmente, desde APM se hace referencia también a dos ocasiones en las que la jefatura del Cuerpo habría prohibido la celebración de sendas asambleas de trabajadores convocadas por esta representación sindical. Las reuniones, fechadas el 11 y el 20 de junio de 2013, se denegaron (una tras haber sido aceptada por silencio administrativo) bajo el argumento de que ya se habían gastado las horas a las que trimestralmente tienen derecho los trabajadores para asamblea. Estas decisiones también fueron rechazadas por sendas sentencias del Contencioso Administrativo.
El Post-it
Cinco citados. Simón Santamaría, jefe de la Policía Municipal, los inspectores con placa 239, 203 y 280, todos ellos jefes de sala (máximos responsables del servicio en sus turnos) y el cabo adscrito al Grupo de Control y Auditorías (asuntos internos) con placa 314
Dos días. Santamaría, un inspector y el cabo están citados el 27 de marzo a las 9.00, 12.00 y 13.00. Los otros dos inspectores el día 28 a las 9.00 y 10.00.
LAS PRUEBAS
Grabaciones. La juez Benito ha aceptado como pruebas varias grabaciones de las conversaciones mantenidas entre los agentes y los mandos.
Testificales. Además de los cinco citados, hay un sexto agente llamado como testigo.
Documentales. La primera de las denuncias presenta 34 documentos, las segunda otros 33.
ARTÍCULOS CLAVE
Amenazas (art. 169 del C.P). «El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico».
Coacciones (art. 172 del C.P). «El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto».
Derecho de los trabajadores (art. 314 del C.P.) «Los que produzcan una grave discriminación en el empleo, público o privado, contra alguna persona por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, por ostentar la representación legal o sindical de los trabajadores….».