EL SINDICATO DE POLICÍA LOCAL DENUNCIA GRAVES ANOMALÍAS EN LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE LOS PATRULLAS DE LA POLICÍA LOCAL DE ALBACETE DE MOTORIZACIÓN HIBRIDA Y SU GRAN PREOCUPACIÓN POR EL CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE SUMINISTRO DE TODOS LOS LOTES SIN QUE LOS VEHÍCULOS HAYAN SIDO ENTREGADOS

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ESCRITO ANOMALÍAS CONTRATOS VEHICULOS 09 ENE 2015 REGISTRADO

En relación con el procedimiento de contratación de vehículos patrulla de la Policía Local actualmente en marcha, en primer lugar reconocer el esfuerzo económico de la Corporación en los presupuestos de los años 2014 y 2015 con la intención de sustituir la dotación de vehículos patrulla de la Policía Local de Albacete.

 Aunque no llegamos a entender, como se ha podido llegar a esta situación extrema de la mecánica y conservación, así como el dudable estado de seguridad de los vehículos actuales, lo que debería de conllevar en el futuro, realizar unas previsiones con la  antelación suficiente y una mayor planificación, tal y como trasladamos en nuestros informes.

 En cuanto al cumplimiento de los contratos del año 2014, se ha observado que las empresas suministradoras de los nuevos vehículos patrulla NO SE HAN CUMPLIDO LOS PLAZOS DE SUMINISTRO DE DOS MESES dispuesto en el contrato:

  •  LOTE Nº 3 y 4. Con fecha 30 de Octubre de 2014 se firmó por parte del Concejal de Seguridad José Luis Serrallé y el representante de la empresa Romovil S.A el contrato de suministro (expediente 62/14) de dos vehículos patrulla de motorización diesel tipo Todo Terreno 4×4 (lote 3) y un Furgón de transporte de personal de 9 plazas (lote 4).
  •  LOTE Nº 2. Con fecha 03 de Noviembre de 2014 se firmó por parte del Concejal de Seguridad José Luis Serrallé y el representante de la empresa “Automóviles López Espejo S.A. el contrato de suministro (expediente 62/14) de cuatro vehículos patrulla de motorización diesel tipo SUV o Monovolumen
  •  LOTE Nº 1. Con fecha 04 de Noviembre de 2014 se firmó por parte del Concejal de Seguridad José Luis Serrallé y el representante de la empresa “Provealba SL el contrato de suministro (expediente 62/14) de cuatro vehículos patrulla de motorización híbrida.

En todos los contratos en su Cláusula Cuarta, respecto al plazo de entrega, establece un plazo máximo de dos meses para la entrega de los vehículos. Montados, con la ITV y matriculados, incluyéndose las homologaciones de toda la dotación.

En la Cláusula Décima, establece como causa de Resolución del contrato la demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista, según dispone el art. 223 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público RDL 3/2011.

En todos los casos se ha producido una demora en el plazo del cumplimiento de los contratos, habiendo tenido conocimiento la denegación de la Junta de Gobierno Local del pasado 30 de diciembre de 2014 de la ampliación del plazo de suministro solicitado por la empresa Automóviles López Espejo S.A., además de informaciones que apuntan que en el caso de no proceder a la entrega de todos los vehículos antes del 15 de enero, no se podrá realizar el suministro.

Esta situación nos provoca UNA GRAN PREOCUPACIÓN, a la vista del estado de los vehículos actuales que tienen importantes carencias en la seguridad, POR LO QUE SOLICITAMOS al Equipo de Gobierno que nos informe del estado actual del procedimiento de contratación y QUE SE LLEVEN A CABO LAS ACTUACIONES QUE LEGALMENTE CORRESPONDAN PARA EL suministro a la mayor brevedad posible del:

  • LOTE 2 (4 vehículos patrulla SUV/Monovolúmenes)
  • LOTE 3 (2 vehículos patrulla Todo Terreno 4×4)
  • LOTE 4 (furgón de Transporte)
  • Así como las 8 motocicletas.

 Respecto al LOTE Nº 1 (cuatro vehículos de motorización híbrida), a la vista de las GRAVES IRREGULARIDADES EXISTENTES, denunciadas en nuestros escritos de fecha 03 de septiembre de 2014, registro 002165 y 04 de noviembre de 2014, con registro 002664, se solicita la RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.

 Las condiciones específicas del contrato de este lote, establecía de forma pormenorizada y específica todos los elementos y funciones que debía de cumplir, y en concreto la parte trasera del vehículo (habitáculo para el transporte de detenidos). De la documentación aportada en el expediente se presentan unos elementos que no se ajustan al pliego y que no cumple con los requisitos del mismo, lo que además entendemos que puede afectar a la seguridad de los ocupantes.

 Lo sorprendente del caso, es que el Servicio Promotor en su informe técnico de 07 de agosto de 2014 que se transcribe en el Acta de la Mesa de Contratación celebrada el 12 de Agosto, no pone de manifiesto estas anomalías, omitiendo que la documentación presentada contraviene el Pliego de Prescripciones Técnicas en el Lote 1 que nos ocupa; lo cual determinó la adjudicación final del contrato. En cambio en el Lote 2 si hace constar que una de las ofertas excede el precio máximo de licitación, y en el Lote 4, hace contar que una de las ofertas contraviene el pliego de prescripciones técnicas, en cuanto a la cilindrada, lo cual determinó la exclusión de estas dos ofertas.

 El responsable del Servicio promotor, también ha sido escrupuloso en su grado máximo a la hora de apuntar que las ofertas contravienen los pliegos de características técnicas

como en los últimos contratos del vestuario recién adquirido, reseñando entre otras cuestiones que el cordón de la boina fuese de color negro en vez de azul, o por el ángulo de las letras del texto de Policía no se ajustaba al legalmente establecido, o que la oferta de las motocicletas se excedía del precio máximo en 4 céntimos de euro, lo que determinó también la exclusión final de estas ofertas. Por lo que no entendemos la omisión de esta información en el lote 1 de los vehículos patrulla.

 Esta situación ya se puso en conocimiento del Concejal de Seguridad mediante dos escritos del SPL-CLM de fecha 03 de septiembre de 2014, registro 002165 y 04 de noviembre de 2014, con registro 002664.

 Lo que podía ser un error de apreciación en el informe inicial del Intendente-Jefe, en otro informe posterior a nuestros escritos, de fecha 05 de noviembre ratifica su informe inicial, sin atender al contenido de las anomalías y omisiones indicadas.

 Tampoco la actuación del Concejal de Seguridad José Luis Serrallé ha sido la más diligente, ya que tras la denuncia inicial del SPL CLM el 03 de septiembre, ni se molestó en comprobar la misma, ni contestar el escrito. Y posteriormente se firmó la adjudicación del contrato con fecha 12 de septiembre.

 A pesar de tener en su poder el escrito registrado por el SPL C-LM, el 04 de noviembre, el contrato fue finalmente firmado. Según el Concejal, se firmó el contrato porque los técnicos manifestaron que el proceso de contratación cumplía los requisitos establecidos, y la no formalización a esas alturas conllevaría una indemnización a la empresa y ésta se había comprometido “verbalmente” a cumplir con las condiciones del pliego.

 Le insistimos que según la documentación en el expediente, que es lo que debe de regir el contrato, NO se cumplían las condiciones técnicas establecidas en el pliego, independientemente de lo que se comprometiera posteriormente la empresa y de que el proceso de contratación se hiciera según el procedimiento establecido, ya que la presunta anomalía se había producido precisamente en el informe del Servicio Promotor. A pesar de ello, el Concejal decidió seguir adelante.

 A estas alturas, en caso de que los vehículos a pesar del incumplimiento del plazo de suministro pudieran ser entregados, solo hay dos posibilidades:

  1.  Si la empresa entrega los vehículos según las condiciones expuestas en la documentación de su oferta, y en base a la cual se le adjudicó el contrato, los vehículos NO CUMPLIRÁN con las condiciones del pliego, lo que conllevará la resolución del contrato.
  2.  Y si la empresa entrega los vehículos cumpliendo con las condiciones del pliego, NO será en las condiciones establecidas en su oferta inicial, por la que se adjudicó.

En ambos casos, entendemos que el asunto ofrece importantes dudas de legalidad. 

 Queremos aclarar, que no se ponen en duda la tramitación del expediente por parte del Servicio de Contratación, que actuó en sus actos según establece el procedimiento legalmente establecido. Pero el procedimiento ofrece importantes dudas en su parte técnica, con el informe inicial del responsable del Servicio Promotor, al no hacer constar en el mismo que la documentación aportada por la empresa, no cumplía los requisitos y ratificarse posteriormente a la vista de las anomalías denunciadas.

 Por otra parte, esta Sección Sindical entiende que las condiciones del vehículo contratado, como ya trasladamos en nuestros escritos, NO SE AJUSTA A LAS NECESIDADES POLICIALES, sin poner en duda sus prestaciones para otros cometidos debido a sus reducidas dimensiones tanto exteriores como interiores; de hecho solo tenemos conocimiento que un solo municipio de toda España disponga de una unidad de este modelo y además éste no lleva adaptación para el transporte de detenidos.

 No entendemos el posible empeño en posibilitar la contratación de este modelo, ya que las medidas mínimas de longitud establecidas en el pliego eran justamente las de este vehículo (3,90m), y además meses antes por parte de un responsable del servicio de policía se envió a dos agentes a comprobar la habitabilidad del vehículo, los cuales ya manifestaron que las medidas eran reducidas especialmente para los agentes de mayor envergadura, teniendo en cuenta que el vehículo comprobado no tenía la mampara para el transporte de detenidos que todavía reduce más el espacio.

 Recordar que el procedimiento inicial para la confección de los pliegos de contratación de los vehículos patrulla y la uniformidad terminó con una denuncia por parte del SPL CLM ante la Inspección de Trabajo todavía sin resolver, ante la falta de participación de los representantes de los trabajadores, y se adoptó por parte del Equipo de Gobierno con el voto en contra del Comité de Seguridad y Salud del Ayuntamiento.

 En base a lo anteriormente expuesto, y dentro de las funciones que nos competen se SOLICITA:

  1. Que se tengan por presentadas las informaciones contendidas en este escrito solicitamos al Equipo de Gobierno que nos informe del estado actual del procedimiento de contratación de todos los vehículos (turismos, todo terreno, furgón y motocicletas), y si existen fórmulas legales para a pesar de haberse superado los plazos de suministro, se pudiera proceder a la entrega de los mismos.
  2.  Que por los motivos expuestos sobre las anomalías indicadas en la adjudicación del Lote 1, se RESUELVA Y RESCINDA el contrato de los cuatro vehículos de motorización híbrida.
  3. Que del resto de los lotes, se realicen las gestiones legales oportunas para su entrega en las condiciones establecidas en el contrato a la mayor brevedad posible.
  4. Si en alguno de los casos se produjeran situaciones presupuestarias (parece ser que tienen que estar entregados y facturados antes del 15 de enero de 2015) que determinaran la resolución de los contratos y no fuera posible el inicio de un nuevo proceso de contratación a cargo de los presupuestos de 2014, se lleven a cabo los ajustes presupuestarios del año 2015 para la adquisición de estos lotes, de forma urgente.
  5. Que en todo caso se cuente con la participación de la representación de los trabajadores para analizar las necesidades existentes y el desarrollo de las características técnicas de los vehículos.

Quedando a su disposición.

 Albacete a 09 de enero de 2015

 Sección Sindical SPL C-LM

SR CONCEJAL DE SEGURIDAD AYUNTAMIENTO DE ALBACETE