El DOCM del jueves 12 de julio, ha publicado la Orden 108/2018, de 28 de junio, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se modifica la Orden de 11/05/2011, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, sobre uniformidad, medios técnicos y de identificación profesional, emblemas y divisas de los Cuerpos de Policía Local y Vigilantes Municipales de Castilla-La Mancha.
http://docm.jccm.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2018/07/12/pdf/2018_8133.pdf&tipo=rutaDocm
Esta modificación mejorará legalmente las condiciones de visibilidad (decisión que algunos Ayuntamientos ya habían decidido adoptar por la seguridad de sus agentes), ha sido reclamada desde el mismo momento en que se cambió al «chaleco azul», mas bonito pero nada efectivo. Quién pensó en el diseño, poco o nada pensó en la seguridad de los agentes, parece mentira que fuera integrante y responsable de un Cuerpo de Policía Local… No cumplía con las condiciones de homologación de alta visibilidad.
Lo dicho, mejora PERO como deja en manos de los Ayuntamientos su aplicación, estamos igualmente vendidos en muchos Ayuntamientos que ni siquiera cumplen con la Orden en su equipo básico, y ahora tendremos que pelear con los Ayuntamientos, uno a uno…
No hubiera sido mas sencillo, introducirlo como equipo básico e incluso, con una pequeña partida presupuestaria por parte de la JCCM de menos de 100.000€ podría haber dotado a tod@s l@s Policías Locales, de forma homogénea con el mismo chaleco y a la vez… Es tan difícil…¿? VOLVEREMOS A SOLICITARLO A LA DIRECCIÓN GENERAL…
INFORME SPL CLM CHALECOS ALTA VISIBILIDAD ABRIL 2017
Reconocer a la actual Dirección General de Protección Ciudadana impulsora de esta modificación, a la que otros habían hecho caso omiso, PERO…
Nos hubiera gustado que se hiciera más visible (o algo visible) la Prevención en Riesgos Laborales en los Cuerpos de Policía Local, y esta ha sido una oportunidad perdida, en la modificación de la orden, ni se cita que el motivo es la prevención y la protección de los agentes… pero seguiremos trabajando desde el SPL CLM en todas las instancias, para que la PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES SE APLIQUE A LOS CUERPOS DE POLICÍA LOCAL, lamentablemente en la mayoría de los casos, nos queda la Inspección de Trabajo y los Juzgados, pero no cejaremos…
Tampoco entendemos como no se suprime el chaleco azul, ya que NO ES, NI PUEDE SER, HOMOLOGADO EN ALTA VISIBILIDAD… prácticamente es un gasto INÚTIL… además, entendemos que entra en contradicción con el art. 45 del Decreto 110/2006 que refiere el equipo básico… «Chaleco reflectante bicolor y cierre de cremallera, que llevará la inscripción «Policía Local» en sus caras anterior y posterior, de material reflectante» .
Por lo tanto, cual es el chaleco bicolor básico que hay que dotar obligatoriamente… el azul panetone, NO HOMOLOGADO EN ALTA VISIBILIDAD o el que ahora introduce la orden 108/2018… Podrá utilizarse igualmente…¿?
Es mejor PERO Se nos queda corto el párrafo «debidamente homologado conforme a la normativa vigente de alta visibilidad» Se debería desde la JCCM ampliar la información sobre las homologaciones de alta visibilidad.
También hubiera sido necesario poner un modelo tipo y un pitograma como referencia:
Para seleccionar la clase de la prenda se deben tener en cuenta factores como:
- Tipo de vehículos que pueden producir un atropello, volumen y velocidad del tráfico, condiciones ambientales, duración de la exposición, etc.
- Tipo y clase de prenda en función de la parte del cuerpo a cubrir, factor de reconocimiento, etc.
- Compatibilidad con otro equipos.
A modo de ejemplos orientativos, a continuación se citan algunas aplicaciones para las distintas clases de prendas de alta visibilidad:
- Clase 1: se usan en actividades que permitan al usuario ser visto completamente y sin duda por los vehículos que se aproximan. Debe haber una separación suficiente entre el trabajador y el tráfico y éste no debe circular a velocidades superiores a 40 Km/h.
- Clase 2: su uso se aplica en situaciones donde es necesaria una mayor visibilidad en condiciones de mal tiempo o en situaciones donde los trabajadores realizan tareas que distraen su atención del tráfico que se aproxima o les sitúa muy cerca del tráfico en que los vehículos circulan a velocidades superiores a 40 Km/h.
- Clase 3: Se utilizan por personal expuestos a gran peligro y que realizan tareas de alta carga de trabajo y en situaciones de malas condiciones climáticas y tráfico a velocidades superiores a 80 Km/h. Estas prendas deberían proporcionar aumento de la visibilidad a la mayoría del cuerpo, como brazos y piernas.
Se debe adaptar la orden de uniformidad para exigir una nivel máximo de protección, con una homologación del NIVEL 3 de Alta Visibilidad adaptada a la normativa actual EN ISO 20471, teniendo en cuenta que de forma habitual se realizan regulación de tráfico, controles de vehículos, tanto diurnos como nocturnos y en condiciones meteorológicas adveras, con visibilidad limitada y en muchos casos se realizan servicios de colaboración, en vías interurbanas, autovías, etc… en que son necesarios medios materiales de máxima protección.
En octubre de 2013 se implantó la nueva normativa EN ISO 20471 , una versión revisada de la anterior norma EN 471 para equipos de protección individual (EPI) de alta visibilidad.
Esta nueva clasificación aumenta la seguridad del individuo a través del aumento de reflectante en la prenda y supone diversos cambios en el diseño de la ropa de trabajo. En el caso de los chalecos, ya no pueden certificarse como Clase 3 y los tirantes quedan excluidos de la norma.
Las indicaciones del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo ISHT, en sus notas técnicas, sobre prendas de señalización de alta visibilidad, establece para el personal de emergencia y policía, prendas de Clase 3: Proporcionan el mayor nivel de visibilidad y están pensadas para trabajadores que afrontan un serio peligro y que, con frecuencia, realizan tareas de alta carga. Son situaciones de altas cargas de trabajo en áreas de alto riesgo, malas condiciones climáticas y tráfico con velocidades superiores a 80 Km/h. Las prendas para estos trabajadores deberían proporcionar un aumento de la visibilidad a la mayoría del cuerpo, como brazos y piernas.
Además el color de fondo actual donde en sus dos terceras partes el azul celeste (pantone 15-4427) regulado en la Orden de Uniformidad, no cumple con los requisitos de materiales fluorescentes (material que emite radiación óptica de longitud de onda mayor que la absorbida) de color destinado a ser altamente visible, estos colores estimulan con gran efectividad el sistema visual (ver-percibir-reconocer). Los colores del material de fondo utilizados en las normas de Alta Visibilidad son el amarillo, araranjado y rojo; Cuando se desee la mayor visibilidad, deberá utilizarse el producto retrorreflectante con el coeficiente de retrorreflexión más elevado.