Una sentencia firme del TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (TC) declara INCONSTITUCIONAL y nulo de pleno derecho el apartado de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Canarias que permitía a algunos mandos y jefes ascender a un puesto superior con los denominados «CURSOS DE DISPENSA», es decir, con cursos o diplomas promovidos por la Academia Canaria de Seguridad para los opositores que carecían de una diplomatura o licenciatura universitaria.
Esta resolución, con fecha del 13 de enero de este año, afecta en las islas a decenas de mandos y mandos intermedios, que en su momento se valieron de dicha vía para ascender en su escala laboral.
SENTENCIA COMPLETA: http://www.boe.es/boe/dias/2012/02/11/pdfs/BOE-A-2012-2139.pdf
PRENSA: http://www.eldia.es/2012-02-01/canarias/13-TC-anula-cursos-dispensa-ascender-policias-locales.htm
El fallo del Tribunal Constitucional se refiere concretamente a la Disposición Transitoria Segunda de la Ley Canaria 6/1997, de 4 de julio. Uno de los argumentos del TC es que el Gobierno canario vulneró la competencia exclusiva del Estado en la emisión de las titulaciones universitarias con las que se puede acceder a subinspector o inspector (diplomaturas), así como a subcomisario, comisario y comisario principal (licenciaturas).
La polémica por los «cursos de dispensa» comenzó hace casi 11 años en Gran Canaria. El jefe de la Policía Local de Santa Brígida era un subinspector. Pero el Ayuntamiento creó una plaza de subcomisario y otra de inspector. Al parecer, estas dos últimas plazas fueron cubiertas por mandos que se beneficiaron de las citadas titulaciones de «dispensa».
Y el asunto comenzó su andadura judicial. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Las Palmas dictó un auto el 5 de diciembre de 2001 mediante el que se planteaba la cuestión de inconstitucionalidad.
El 26 de febrero de 2002, la Sección Segunda del Tribunal Constitucional acordó admitir a trámite el asunto. El abogado del Estado aclara que la mencionada disposición de la Ley Canaria de Coordinación de Policías Locales dispensa de un grado de titulación a efectos de promoción interna y sustituye este requisito por la realización de «cursos» y la obtención de «diplomas» expedidos por la Academia Canaria de Seguridad.
Además, añade que «el legislador canario» otorga a su propia Administración la determinación de los cursos y diplomas equivalentes a la titulación exigida, esto es, confiriéndose la facultad de homologación de los estudios efectuados en la Academia Canaria de Seguridad con la titulación exigida para el acceso al grupo funcionarial correspondiente, lo que implica «la vulneración de la competencia exclusiva del Estado». Pedro Gordillo, presidente de la Federación de Jefes de Policías Locales de Lanzarote, Fuerteventura, Tenerife y La Palma, asegura que «la sentencia tiene carácter retroactivo, aunque desconocemos qué va a hacer cada ayuntamiento donde existan mandos que ascendieron gracias a los citados cursos de dispensa«, que han sido aprobados por dos veces por el Ejecutivo autónomo. Otro jefe policial de Tenerife señala que la sentencia del Tribunal Constitucional le parece una buena noticia, pues dichos cursos y diplomas «sirvieron para lo que sirvieron en su momento», pero los que se beneficiaron de ellos debieron afrontar su formación universitaria. Además, dicha fuente recalca que este es un ejemplo más de que la carrera profesional en la Policía Local está mal planificada, frente a lo que ocurre en la Guardia Civil o la Policía Nacional.