La Audiencia absuelve al Policía Local que hirió a un transeúnte al repeler una agresión en Sol

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La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a Israel S.V., el Policía Local que hirió de forma fortuita a un transeúnte cuando repelía una agresión en la céntrica Puerta del Sol. En la sentencia, los magistrados consideran que el agente usó el arma de forma «congruente, necesaria y proporcional» e incluso alaban «la sangre fría» de Israel a pesar de verse en una situación «que representó un peligro para su vida»

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El seis de mayo del año 2010, el agente Israel S.V. tuvo que sacar su arma reglamentaria para repeler la agresión de un hombre, Santiago M.B., que se abalanzó sobre él con un cuchillo de cocina. En su intento de defenderse, Israel disparó en tres ocasiones contra el cuerpo de Santiago, que resultó gravemente herido.

Una de las balas, sin embargo, atravesó el cuerpo de Santiago e hirió a un transeúnte, Antonio C.P., que se encontraba en la Puerta del Sol con su esposa. Antonio, de 52 años, perdió el ojo como consecuencia del disparo.

Ahora, más de un año y medio después, la Audiencia Provincial considera que el uso que hizo Israel de su arma reglamentaria «respondió a los principios de congruencia, necesidad y proporcionalidad exigidos por la norma». Los magistrados de la Sección 30 de la Audiencia madrileña van más allá incluso y alaban la «sangre fría» del agente en una situación «que representó un peligro para su vida».

En concreto, la sentencia considera que el agente actuó de forma correcta al no realizar disparos intimidatorios al aire «en una calle relativamente estrecha». y recuerda que Israel no erró ninguno de los tres disparos que hizo. «Pese al nerviosismo que genera la súbita situación de riesgo -señala el texto-, no falló ningún disparo, impactando los tres en el cuerpo del acusado».

Así, los magistrados absuelven a Israel de homicidio intentado -delito por el que se enfrentaba a cinco años de prisión- y lesiones graves -por los disparos contra Santiago- y de las lesiones imprudentes de las que se le acusaba por las heridas de Antonio, que reclamaba una indemnización superior a los 500.000 euros. La sentencia, además, considera que ni Santiago ni Israel ni el Ayuntamiento de Madrid son responsables penalmente del disparo que le alcanzó el ojo, aunque abren la puerta a que reclame una indemnización por la vía contencioso-administrativa.

«Santiago buscaba que alguien lo matara»

La Audiencia, además, condena a Santiago a un año y seis meses de prisión por un delito de atentado y a dos días de localización permanente por una falta de daños por haber destrozado el retrovisor de un coche patrulla. No obstante, el texto le absuelve de intento de homicidio y de lesiones graves en grado de tentativa porque, a juicio de los magistrados, «el propósito inicial de la acción de Santiago no era matar, ni siquiera lesionar, a Israel S.V. Lo que Santiago buscaba era que alguien lo matara, ya que él había fracasado en otros intentos y carecía de valor para darse muerte directamente».

Éste último punto, además, sirve a los magistrados para aplicarle una eximente incompleta de anomalía o alteración mental debido a los trastornos de personalidad del acusado. «Los informes forenses coinciden en afirmar que el acusado padece un trastorno límite de la personalidad, con comportamientos, intentos o amenazas suicidas recurrentes, inestabilidad afectiva debida a una notable reactividad del estado de ánimo, ira inapropiada e intensa o dificultades para controlar la ira».

Durante el juicio, de hecho, el propio Santiago relató cómo había intentado quitarse la vida en varias ocasiones lanzándose desde un quinto piso, saltando desde un puente e incluso tomando matarratas. «Ya no tenía valor para quitarme la vida y quería que la Policía me matase», declaró el procesado ante el tribunal.

 

FUENTE:  www.madridiario.es