Castilla-La Mancha: Sanidad autoriza dar los datos de los confinados a cuerpos policiales, si incumplen el aislamiento o la cuarentena

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Fuente ccmedia

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado una nueva Orden de la Consejería de Sanidad por la cual acuerda medidas especiales en materia de salud pública para el control del cumplimiento de las obligaciones de aislamiento o cuarentena para la contención de la expansión del COVID-19.

“La comunicación a cualquier ciudadano de dichas medidas debe comportar la obligación de aislamiento o cuarentena, según proceda, durante el tiempo preciso para impedir el contagio o, eventualmente, para conocer el resultado negativo de la prueba diagnóstica”, recoge este documento.

Una orden que establece que la obligación de confinamiento “se comunicará materialmente, de forma verbal, por medios telemáticos o telefónicos, a la persona o personas afectadas por la autoridad o los servicios afectados y surtirá efecto de inmediato. De la obligación y de la comunicación se dejará constancia en la historia clínica del paciente”.

¿Cómo se garantizará el confinamiento de los afectados?

La obligación de confinamiento se cumplirá, preferentemente, instando la colaboración voluntaria de las personas obligadas.

En los casos de ausencia de dicha colaboración en el cumplimiento de los deberes podrá requerirse la adopción de resoluciones, individuales o colectivas, de imposición coactiva que, en caso de que puedan suponer restricción de derechos fundamentales, se comunicarán también al Gabinete Jurídico para que solicite la ratificación ante el órgano judicial competente.

Llegado el caso, la Consejería de Sanidad dará traslado de esta orden a la Delegación del Gobierno y a todos los ayuntamientos de Castilla-La Mancha, a efectos de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y de la policía local, para el control y aplicación de las medidas adoptadas.

Colaboración entre autoridades sanitarias, autoridad judicial y fuerzas y cuerpos de seguridad

Se considera por tanto “esencial” intensificar la colaboración entre la autoridad sanitaria y otras autoridades con objeto de verificar el cumplimiento de la obligación y, en su caso, la comunicación a la autoridad judicial competente de las resoluciones precisas para imponer el cumplimiento cuando los ciudadanos se nieguen a cumplir el aislamiento o cuarentena voluntariamente.

Así, esta Orden tiene por objeto regular la obligación de las personas que se hallen en tales circunstancias de cumplir los deberes de aislamiento o cuarentena y la comunicación de los datos necesarios para verificar su cumplimiento a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y a las policías locales en el marco de la normativa de protección de datos de carácter personal, sanitaria y de salud pública.

Todos los detalles de este orden en este documento: 2020_7161