ASTURIAS: El juez condena a un policía local de Siero por injuriar a ‘Cepi’ en un blog

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El juez condena a un policía local de Siero por injuriar a 'Cepi' en un blogEl agente deberá pagar dos indemnizaciones de 3.000 euros al edil y a la exasesora de personal, una multa de 2.880 euros y abonar también las costas procesales

 El Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo acaba de condenar al agente de la Policía Local de Siero, J. I. V. M., como autor de sendos delitos de injurias contra el concejal socialista de Siero Ángel García, ‘Cepi’, y la exasesora de personal del Ayuntamiento. La pena por cada delito asciende a una multa de 1.440 euros, además de una indemnización de 3.000 euros por daños morales a cada uno de los injuriados y el pago de las costas procesales. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de diez días.

http://www.elcomercio.es/v/20130323/siero-centro/juez-condena-policia-local-20130323.html

La sentencia considera a este agente de la Policía Local -en activo desde el año 1991- como autor material del blog darkpolizei.blogspot.com, en el que se vertieron varios comentarios injuriosos, entre el 22 de marzo y el 10 de noviembre de 2009, contra el entonces teniente alcalde de Siero, Ángel García, y la asesora de Recursos Humanos y Economía. La juez afirma que el acusado es el titular de una cuenta de correo electrónico, que sirvió para la puesta en marcha del blog seis meses después. Asegura también que la bitácora se creó desde una terminal fija de las dependencias del Ayuntamiento y que, salvo en una ocasión, todas las actualizaciones de los comentarios del blog coincidieron estando el acusado de servicio, tal y como consta en la certificación del jefe de la Policía Local.

Conexión desde su domicilio

Por otro lado, el grupo de delincuencia tecnológica de la Policía Nacional informó que, al menos en dos ocasiones, se accedió al correo electrónico vinculado al blog desde el domicilio particular del acusado. Y otras veces, la conexión se realizó desde una empresa ubicada en el piso inferior del mismo inmueble, «cuya señal de WI-FI abierta bien puede llegar al particular del acusado», subraya la sentencia.

La juez desmonta las argumentaciones de los dos testigos de la defensa, dos agentes compañeros del acusado, «y vinculado, al menos uno, aparentemente por relación de amistad con el mismo», se advierte. Uno de ellos declaró que el día 6 de julio de 2009, fecha que coincide con una actualización del blog, el acusado cambió con un compañero el servicio debido al ingreso hospitalario de su esposa, pero esa afirmación carece de prueba argumental alguna.

La sentencia rechaza también las descalificaciones hacia el jefe de la Policía Local. Habla de «claro recelo» tanto del acusado como de uno de los testigos hacia su superior y añade que se trata de «aseveraciones fáciles y gratuitas que abiertamente comprometen la profesionalidad» de su jefe.

La sentencia descarta, sin embargo, que concurra una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal y rechaza también la publicación de la sentencia en un periódico de difusión regional.

Cada multa es de seis meses, con una cuota diaria de ocho euros, que era lo que solicitaba el Ministerio Fiscal. En el caso de que la sentencia acabe siendo firme, el acusado puede enfrentarse también a una grave sanción por parte del Ayuntamiento de Siero.