SPL CLM SOLICITA A LA DIRECCIÓN GENERAL PROTECCION CIUDADANA C-LM, EL IMPULSO URGENTE DE UN PROCESO SELECTIVO CONJUNTO EN LA REGIÓN Y UN SISTEMA DE PROMOCIÓN PARA VIGILANTES MUNICIPALES Y AGENTES DE MOVILIDAD

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SPL CLM SOLICITANDO PROCESO SELECTIVO CONJUNTO Y OTRAS MEDIDAS REGISTRADO

Una vez que ha entrado en vigor el Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece el COEFICIENTE REDUCTOR DE LA EDAD DE JUBILACIÓN en favor de los policías locales al servicio de las entidades que integran la Administración local, y acogiéndose al mismo, se han jubilado un elevado número de agentes que estaban en la franja de edades de 59 a 65 años, y otros que también cumplirán los requisitos establecidos, lo harán durante el año 2019, habiéndolo comunicado con anterioridad al 31 de enero, ENTENDEMOS QUE SE HACE NECESARIO DE FORMA URGENTE, PLANIFICAR LA MAYOR BREVEDAD LAS MEDIDAS OPORTUNAS PARA LA REPOSICIÓN DE LOS EFECTIVOS JUBILADOS, de forma especial en el año 2019 donde se ha producido la aplicación masiva del RD citado.

Hay que tener en cuenta también lo dispuesto en la Ley 6/2018 de 3 de Julio, de PRESUPUESTOS GENERALES del ESTADO para 2018 en su Disposición adicional centésima sexagésima quinta Tasa adicional de reposición de la policía local

“Adicionalmente a lo previsto en el artículo 19 de esta Ley, y con el fin de garantizar el ejercicio de las funciones de las Administraciones Públicas en materia de seguridad y orden público, en el supuesto de que en aplicación de lo establecido en el artículo 206.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social se produzca el anticipo de edad de jubilación de los policías locales, las Entidades Locales podrán disponer durante 2018, exclusivamente para este colectivo, de UNA TASA ADICIONAL DE REPOSICIÓN DETERMINADA POR EL NÚMERO DE BAJAS QUE SE PREVEAN EN ESTE EJERCICIO Y EN EL EJERCICIO 2019 COMO CONSECUENCIA DE DICHO ADELANTO DE LA EDAD DE JUBILACIÓN. Esta tasa adicional se descontará de la que pudiera corresponder en los ejercicios 2019 y 2020.”

Por otra parte, la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018, establece en su art. 19.5 que en las Policías Locales la TASA DE REPOSICIÓN SEA DEL 115 POR CIENTO.

Según el mismo RD 1449/2018, en su Disposición transitoria segunda. Tasa adicional de reposición de la policía local. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional centésima sexagésima quinta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, y en aplicación de la misma, la tasa de reposición adicional será efectiva desde la presentación de la solicitud de jubilación anticipada. La persona interesada deberá comunicar a la Administración municipal correspondiente su voluntad de acogerse a esta modalidad de jubilación antes del día 31 de enero de cada año.

Si bien es cierto, que en la responsabilidad inicial, corresponde a los propios Ayuntamientos, que deben aprobar mediante los procedimientos legalmente establecidos, las correspondientes OFERTAS PÚBLICAS DE EMPLEO que incluyan estas vacantes, desde la Dirección General de Protección Ciudadana de C-LM, se debe impulsar y asesorar a los Ayuntamientos para coordinar los procesos selectivos, y de forma específica este primer año, planificar una posible ENCOMIENDA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS, tal y como establece el art. 20.3 de la Ley 8/2002 de Coordinación de Policías Locales de C-LM:

“Asimismo, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración Autonómica la realización de todo o parte del proceso selectivo convocado, en la forma que reglamentariamente se establezca.”

Esta opción ya se hizo en Castilla-La Mancha en 2007 (tras la encomienda de 17 ayuntamientos), en 2008 (lo hicieron 23 ayuntamientos) y en 2010 (tras encomienda de 15 ayuntamientos).

Esta solución que también están llevando a cabo e impulsando otras comunidades como Extremadura, Galicia, País Vasco, Baleares y hasta el momento la Dirección General de Protección Ciudadana de C-LM, entendemos que no está ejerciendo de forma adecuada sus competencias de impulso y coordinación y le solicitamos una mayor implicación y pilotar e impulsar esta propuesta.

Esta encomienda, también evitará las consecuencias de que los Ayuntamientos incumplan las fechas de inicio de los Cursos Selectivos, por la tardanza de la finalización de la fase de oposición de los procesos selectivos, lo que además genera que aspirantes que han aprobado en unos Ayuntamientos, posteriormente aprueban en otros Ayuntamientos, dejando las plazas sin cubrir, con el grave problema que acarrea a los Ayuntamientos que después de grandes esfuerzos se quedan sin agentes.

Por lo tanto, si desde la Junta de Comunidades se planificara la encomienda de la fase de oposición, sería la propia Dirección General la que marcaría con mayor precisión y aprovechamiento de recursos, el inicio de los Cursos Selectivos, además de que no se quedarían plazas vacantes como ha sucedido este año y los Ayuntamientos se verían interesados en la realización de la encomienda, teniendo en cuenta también el ahorro que les podría suponer. Y no tendrían que acudir a otros sistemas provisionales de menor garantía como son las Comisiones de Servicio, o por otro lado al sistema de movilidad, que en su configuración actual, tampoco funciona correctamente, y en el que si los Ayuntamientos más grandes crean unas expectativas de convocatoria, provocará la paralización de solicitudes en los Ayuntamientos mas pequeños, por el plazo de dos años que tienen que pasar para que los agentes puedan participar en otro proceso de movilidad.

Desde SPL CLM se advierte que utilizar la Comisión de Servicios y del Sistema de Movilidad, moverá agentes de unas plantillas a otras y solo cambiará el problema de sitio, NO es la solución… Por eso aboga que los Ayuntamientos hagan un uso responsable y equilibrado de estos sistemas y que aprueben a la mayor brevedad las ofertas públicas, a la vez que desde la JCCM se impulse el procedimiento de un proceso selectivo conjunto, además de la posibilidad de adelantar el inicio de una nueva edición de los Cursos Selectivos.

Adjuntamos a modo de ejemplo, escrito que se ha realizado desde la Junta de Extremadura el pasado 30 de enero de 2019 a los Ayuntamientos, en los términos apuntados en el presente

Hay que tener en cuenta, que una vez aprobada la Oferta Pública, se tiene que desarrollar el proceso selectivo, y luego los aprobados realizar el Curso Básico que en principio, si por la Junta de Comunidades no se convoca otro curso extraordinario, se iniciaría en enero de 2020 y por lo tanto, no podrían estar operativos en la plantilla estos efectivos de reposición, hasta junio/julio de 2020.

Por lo tanto, el efecto que se pretende, que es el rejuvenecimiento de las plantillas, verá sus frutos durante 2020, cuando se incorporen los efectivos de reposición, que entrarán directamente al servicio operativo, con lo que con el mismo número de agentes en plantilla, habrán más en servicio operativo destinado en servicios de seguridad en las calles al servicio de la ciudadanía.

También entendemos urgente y necesario, APROVECHAR LA EXPERIENCIA de los VIGILANTES MUNICIPALES Y DE AGENTES DE MOVILIDAD, y establecer un sistema de promoción e integración a los Cuerpos de Policía Local, que ayudaría a normalizar la situación en un menor tiempo, siendo un beneficio conjunto para Administración, Cuerpos de Policía Local, ciudadanía, y los propios Vigilantes Municipales y Agentes de Movilidad, que verían atendidas sus reiteradas y justas reivindicaciones de promoción, que desde el SPL CLM son totalmente compartidas y defendidas.

Es necesario y urgente abordar una MODIFICACIÓN de la actual LEY DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE C-LM aprobada en el año 2002, y revisar a la mayor brevedad posible, los procesos selectivos, formación, promoción y movilidad, así como las permutas entre otras cuestiones.

Aprovechamos la ocasión para reiterar nuestra solicitud del pasado 02 de abril de 2018, con registro número 1000096, especialmente sobre la creación de un GRUPO DE TRABAJO MONOGRÁFICO SOBRE LAS CREACIÓN DE UN MARCO RETRIBUTIVO HOMOGENEO, así como otras propuestas de llevar a cabo las MODIFICACIONES LEGISLATIVAS necesarias para adaptar la Ley de Coordinación y sus Reglamento a la realidad social, económica y política de la región.

En base a lo anterior SOLICITA:

Se tengan por presentadas las consideraciones arriba descritas, sean estudiadas con detenimiento y ejecutadas a la mayor brevedad posible, mostrando nuestra disposición a contribuir y colaborar activamente en cuantos foros se traten las condiciones profesionales y laborales de los funcionarios de la Policía Local de C-LM, así como aportar propuestas que puedan mejorar y desarrollar los Cuerpos de Policía Local de la Región, asuntos que condicionan de forma importante el futuro de nuestra profesión, siendo éste uno de los fines básicos de este Sindicato.

Reiteramos también la necesidad de activar otras medidas sobre formación, medios materiales, subvenciones y modificaciones legislativas, que fueron trasladadas en noviembre de 2017, mediante escrito con registro 3718726  https://goo.gl/d6ipWF

Agradeciendo de antemano su colaboración, quedando a la espera de su contestación, reciba un cordial saludo.

*Del presente escrito se remitirá copia al Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Viceconsejera de Administración Local y Coordinación Administrativa y FEMP CLM.