PUBLICADA EN EL BOE LA RESOLUCIÓN DE INSTRUCCIONES DE JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL AL SERVICIO DE ADMON. DEL ESTADO Y LA REGULACIÓN DE LAS AUSENCIAS POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE

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LABORAL | El BOE publica su jornada laboral y horario

NOTA MINISTERIO 29-12-2012 Instruccion horarios empleados públicos

ENLACES DEL BOE:

Administración General del Estado. Jornada y horarios de trabajo

  • Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.

http://www.boe.es/boe/dias/2012/12/29/pdfs/BOE-A-2012-15703.pdf

 

Administración General del Estado. Ausencias por enfermedad o accidente

  • Orden HAP/2802/2012, de 28 de diciembre, por la que se desarrolla para la Administración del Estado y los organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma, lo previsto en la disposición adicional trigésima octava de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, en materia de ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal.

http://www.boe.es/boe/dias/2012/12/29/pdfs/BOE-A-2012-15701.pdf

Los funcionarios comerán en menos tiempo y tendrán menos ‘moscosos’

http://www.elmundo.es/elmundo/2012/12/29/economia/1356769654.html

A partir del 1 de enero, los funcionarios comerán en menos tiempo, tendrán menos días para asuntos propios, verán limitado su absentismo laboral y podrán disfrutar mejor sus vacaciones. Estas son las novedades que este sábado detalla el Boletín Oficial del Estado (BOE), en las nuevas instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo de los empleados de la Administración General del Estado.

Funcionarios se manifiestan contra los recortes, en Madrid. | Javier BarbanchoDe este modo, entre las principales reivindicaciones del colectivo, el personal con jornada partida, es decir, el que trabaja de 09.00 a 17.00 horas, podrá salir antes del trabajo gracias a la reducción del tiempo destinado al almuerzo. En lugar de la hora y media destinada hasta ahora, podrá comer en 30 minutos.

El resto de la plantilla mantiene su horario fijo, de 09.00 a 14.30 horas, y variable, a partir de las 07.30 horas o hasta las 18.00 horas. De esta forma, completan las 37,5 horas semanales ya fijadas con anterioridad.

Otra de las novedades que resaltan desde el principal sindicato de los funcionarios, CSIF, está relacionada con las vacaciones. Al menos la mitad de las 22 días hábiles de que disponen se tendrán que disfrutar en el periodo estival. Además, podrán elegir libremente cinco días sueltos de descanso -anteriormente el período mínimo era de cinco días-.

Este cambio viene a compensar la reducción de seis a tres días de los llamados ‘moscosos’ (días de asuntos propios).

Recorte salarial en las bajas

Respecto a las ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal para el personal de la Administración General del Estado (AGE) habrá una reducción de la retribución del 50% a partir del quinto día de baja.

El BOE indica que el ámbito de aplicación de esta orden se extiende al personal al servicio de la Administración del Estado y a los organismos y entidades de derecho público dependiente de ella, cualquiera que sea su relación jurídica con la Administración y su régimen de Seguridad Social.

Además, informa de que el descuento en nómina no será de aplicación a cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal.

Asimismo, se exigirá la justificación de la ausencia en los términos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicación en cada ámbito.

En un comunicado, Hacienda señala que con la entrada en vigor de los presupuestos generales del Estado de 2013, el 1 de enero se equiparan las ausencias sin baja médica a las que sí tienen la baja médica, y que suponen un descuento del 50% del sueldo entre el primer y tercer día de ausencia de los empleados públicos.

Sin embargo, Hacienda destaca que con la instrucción que hoy publica el BOE se introduce una «importante» mejora para los empleados públicos, ya que se fija un periodo exento totalmente de reducción de cuatro días anuales y sólo a partir del quinto día empezaría a tener efecto el descuento.

El resto de administraciones también puede optar por fijar un plazo y, en caso de no hacerlo, se aplicará la norma general contenida en los presupuestos, es decir, desde el primer día de ausencia sin baja médica.

Hacienda subraya que este plazo de cuatro días permite que los empleados públicos de la AGE no pierdan poder adquisitivo por un número «razonable» de ausencias sin baja médica, «pero al mismo tiempo se pone coto al posible uso desmedido de esta posibilidad, que perjudica la imagen del colectivo».