http://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/2014/03/24/532fea9c268e3ec92c8b456a.html
Jueces, fiscales, abogados, psicólogos y criminólogos van a revolucionar la jurisdicción penal en la Comunidad Valenciana. La mediación en este ámbito ya es una realidad gracias a un convenio que se ha puesto en marcha recientemente con el aval de la Generalitat, la Universitat de València y el Consejo General del Poder Judicial.
El convenio consiste en la participación voluntaria del imputado por un delito o falta y de la víctima (o persona perjudicada) en un proceso de diálogo y comunicación conducido por un mediador imparcial, con el objetivo de conseguir la reparación adecuada al daño causado y la solución del conflicto. Todo desde una perspectiva justa y equilibrada para los intereses de las partes.
En la Comunidad existen tres experiencias previas en el juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Torrent, en el Penal 2 de Alicante y en la sección primera de la Audiencia de Alicante. A partir de ahora, los casi 800.000 ciudadanos que residen en Valencia podrán resolver sus conflictos sin tener que pasar por un juez. Estos son los puntos más destacados del programa piloto.
PROTOCOLO
El proyecto incorpora un protocolo de actuación para que la mediación pueda desarrollarse durante la tramitación del procedimiento penal, bien durante la tramitación de las diligencias de investigación (diligencias previas o sumario), bien durante el periodo que transcurre entre el señalamiento del juicio y la fecha de su celebración efectiva, e incluso en fase de ejecución de sentencias, teniendo siempre un plazo máximo de dos meses para la mediación, puntualizaron fuentes del TSJ.
REPARTO
Cuando se considere que un procedimiento es merecedor de derivarse a mediación, y ninguna de las personas implicadas se oponga, se remitirá la causa, con la previa aprobación del Ministerio Fiscal, al Decanato, donde se repartirá a los mediadores que por turno corresponda, y entonces éstos iniciarán las actividades propias de su cometido de mediación.
DERIVACIÓN DE CASOS
El convenio se firmó en noviembre y en febrero tuvo lugar la primera reunión de coordinación para que el plan estuviera listo a partir de marzo. El TSJ ha comunicado ya a los titulares de los Juzgados de Instrucción o de lo Penal de Valencia, por si estuvieran interesados en derivar a mediación alguno de los asuntos de que conozcan.
PRINCIPIOS DEL PLAN
Los procedimientos de mediación se regirán por la voluntariedad de las partes y la víctima podrá desistir en cualquier momento de este proceso para que su asunto vuelva al juzgado. El servicio será gratuito para los ciudadanos, la información obtenida será confidencial, los propios órganos judiciales derivarán asuntos a los mediadores, que están obligados a buscar el equilibrio entre las partes.
MEDIADORES
El Colegio de Abogados, de Psicólogos, Criminólogos y la Fundación Favide han designado a 23 mediadores que se reparten en tres equipos. Todos están obligados a firmar un compromiso inicial para que se cumplan los principios del plan. Los colegios profesionales supervisarán el trabajado de sus mediadores e, incluso, podrán sancionarlos en caso de que sus actuaciones sean constitutivas de alguna infracción.
JUICIOS DE FALTAS
Los profesionales que participen como mediadores en el proyecto podrán tener acceso a datos de terceras personas distintas a las partes, como testigos o peritos. El protocolo autoriza a los mediadores al acceso a todo tipo de actuaciones judiciales que se les hayan repartido, en la medida que lo permita la situación del procedimiento, es decir, si el sumario es secreto o no.
DILIGENCIAS PREVIAS
En cualquier momento de la tramitación del procedimiento el juzgado podrá dictar resolución donde se acordará la derivación al programa piloto tras informar a las partes, incluida la Fiscalía. Los mediadores se pondrán en contacto con las partes para informarles de que su caso puede resolverse sin un juez. Al igual que en los juicios de faltas, los mediadores podrán tener acceso a datos de terceras personas o actuaciones judiciales incluidas en el procedimiento para poder dar una respuesta equilibrada.
RESULTADO
En caso de falta de acuerdo, se proseguirá la tramitación del procedimiento tal y como se encontraba en el momento de remisión a la oficina de mediación. Si hay acuerdo, el proceso se transformará en diligencias urgentes (delitos con pena inferior a tres años), acordando la convocatoria de una comparecencia para ratificar el acuerdo ante el juez. Si no fuera posible transformado en estas diligencias, se incoará procedimiento abreviado o de juicio de faltas, o se dictará auto de sobreseimiento.
DILIGENCIAS URGENTES
El convenio da libertad a los jueces para que deriven al programa aquellos delitos que se tramitan por procedimiento urgente, como alcoholemias, a no ser que sea necesaria la práctica de pruebas complementarias porque hay heridos y el proceso se trasforma en abreviado. No obstante, delitos contra la seguridad vía no figuran en el ámbito de aplicación. El protocolo señala que los secretarios judiciales actuarán de intermediarios con el centro de mediación.
VENTAJAS
La mediación, muy extendida por Europa, sólo aporta ventajas a ciudadanos y operadores jurídicos. Es un sistema mucho más barato que el tradicional y no tendrá ningún coste. No es la panacea para resolver los problemas de los jueces, pero sí puede aliviar la carga de trabajo que soportan por la evidente falta de medios. Los ciudadanos, además, verán su conflicto resuelto mucho más rápido.
¿QUÉ DELITOS ABARCA EL PLAN?
- Delitos y faltas de lesiones.
- El programa piloto se aplicará, además, en delitos de violencia doméstica (de padres a hijos, por ejemplo) aunque excluye los delitos de violencia contra la mujer, que siguen siendo competencia exclusiva de juzgados penales.
- Delitos y faltas de amenazas.
- El convenio también se aplicará en delitos de coacciones, injurias, calumnias e incluso vejaciones y vandalismo.
- Detención ilegal y contra la intimidad.
- Los arrestos a inmigrantes, manifestantes o chantajes como el que denunció el chófer de Juan Cotino por la difusión de un vídeo podrán derivarse a esta vía.
- Menores.
- Los mediadores están autorizados a abordar incumplimiento de visitas, custodias y obligaciones familiares como el pago de pensiones.