Una vez más otra sentencia que determina que el Ayuntamiento de Barcelona vulnera los derechos de sus Guardias Urbanos.
No sabemos cuándo entenderán que están cometiendo ilegalidades porque ya son varias las sentencias que así lo indican.https://t.co/JWTgcFTq3C— Ail-pold (@Ail_pold) 13 de mayo de 2021
El Ayuntamiento de Barcelona, condenado por discriminar a un guardia urbano
La Administración local encaja otra sentencia por jubilar de forma unilateral a un agente que sufrió una discapacidad por enfermedad
Un juez ha condenado de nuevo al Ayuntamiento de Barcelona por discriminar a un guardia urbano. La Administración local ha encajado una nueva sentencia contraria por jubilar de forma unilateral a un efectivo policial que sufrió una discapacidad sobrevenida por enfermedad.
Lo dice un fallo del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Barcelona al que ha accedido este medio. La resolución judicial anula dos decisiones del consistorio que enviaban a la jubilación forzosa al agente y le negaban el pase a segunda actividad tras sufrir pérdida de visión en un ojo por su dolencia. El magistrado tumba los dos actos administrativos y obliga a reincorporar al funcionario al cuerpo, además de pagarle el salario de tramitación mientras se «examinan» las posibilidades de reubicar al agente «en otro puesto».
Le niega continuar en el cuerpo
El efectivo policial solicitó la baja temporal por incapacidad en septiembre de 2018 y pidió una plaza adaptada a su nueva situación –presentaba visión parcial– o bien el pase a segunda actividad. El policía reiteró su petición a la Administración local el 10 de febrero y el 12 de marzo de 2020. En paralelo a ello, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) dictó resolución de incapacidad permanente total del miembro de la Guardia Urbana. Como ya ha hecho en otros casos, el consistorio jubiló al agente sin tener en cuenta sus peticiones
eses después, en junio del pasado año, la institución fue más allá y comunicó al policía que era «materialmente imposible» concederle el pase a segunda actividad. Dos semanas después, el 15 de julio de 2020, la resolución fue similar: se desestimó la petición del guardia urbano de reingresar en un puesto adaptado. En otras palabras, el ayuntamiento negó al policía la posibilidad de continuar en la Guardia Urbana por motivo de su discapacidad.
Ailpold: «El reglamento de Guardia Urbana es ilegal»
En conversación con este medio, Vicent Flores, presidente de la Asociación para la Integración Laboral de Policías Locales con Discapacidad (Ailpold), ha destacado la importancia de la sentencia. «Primero, porque el compañero no se merece el trato que recibió. Una enfermedad común provocó pérdida de visión y, además, su jubilación. Segundo, porque acredita que se vulneran los derechos de los trabajadores y, sobre todo, los que sufren una discapacidad sobrevenida. Y tercero, porque se acredita que el reglamento de la Guardia Urbana de Barcelona (GUB) es ilegal», ha enumerado.
Esta es una batalla clave para Flores. Ailpold lleva meses bregando para que el gobierno municipal reforme el reglamento de GUB y, en concreto, su artículo 7, que obliga a jubilar a los agentes que quedan incapacitados de forma total, ya sea durante un servicio o por una contingencia común. En el caso de la última condena, Flores ve «mala praxis de la Administración al ser nula de pleno derecho la resolución de la mal llamada jubilación forzosa por falta absoluta de procedimiento reglamentario. Hubo indefensión«, ha agregado el activista y expolicía.
La ONU avisó al ayuntamiento
La asociación hace también hincapié en que un dictamen de la Organización de Naciones Unidas (ONU) de 2019 acreditó que «el gobierno de la alcaldesa Ada Colau discriminó por razón de discapacidad, y pese a ello, aún se oponen a esta resolución, con el perjuicio que conlleva. ¿Quién se responsabiliza del tiempo y dinero malgastados?», se pregunta Flores. Se refiere a una decisión del Comité sobre las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, que falló contra el Ayuntamiento de Barcelona en abril de 2019 en referencia al caso del propio presidente de Ailpold, como explicó este medio.
La Administración local ignoró la batería de recomendaciones de Naciones Unidas en referencia al policía. El agente, ahora activista por los derechos de los agentes con discapacidad, avanza que Ailpold lidera ahora una campaña informativa en comisarías de la Guardia Urbana de Barcelona para pedir un cambio y un nuevo Reglamento de Segunda Actividad. Este texto debería incorporar el dictamen contrario de la ONU, «esa organización que tanto invoca la alcaldesa«.
Desde Ailpold piden también «a todos los sindicatos que pongan sobre la mesa su demanda como tema preferente de negociación». Recuerdan que se trata de una posible mejora laboral «que no afecta solo a la GUB, sino a todos los trabajadores del ayuntamiento –unos 11.000–«. Para lograrlo, la agrupación está realizando un estudio mediante encuestas a los agentes. Lo presentarán tras acabar la ronda de visitas a las sedes policiales.
Abogada: «La sentencia es firme»
En conversación con Crónica Global, la abogada del agente demandante, Mónica Fanlo, del bufete Crespo & Fanlo, ha dado más datos sobre esta última resolución judicial contra el ayuntamiento. «La Administración no ha recurrido, por lo que se trata de una sentencia firme», ha indicado. La letrada ha repasado el caso del agente, a quien «se le cerraron todas las puertas» tras sufrir su enfermedad. Fanlo destaca que el juez ha avalado su argumentación «porque comienzan a haber muchas sentencias contrarias y también un dictamen de la ONU». Esa jurisprudencia afea el «automatismo» del Ayuntamiento de Barcelona de jubilar a los efectivos policiales que pierden facultades por accidente o enfermedad.
La profesional de la abogacía insta al gobierno municipal a «valorar» si su cliente puede hacer otro tipo de trabajo adaptado. Para ello, el funcionario deberá someterse de nuevo a un tribunal de segunda actividad. ¿Y si le vuelven a negar el ingreso? «Iremos hasta donde haga falta. Recurriremos a todas las instancias necesarias para tumbar el artículo 7 del Reglamento», ha avanzado la misma voz. De hecho, Fanlo ya consiguió una victoria similar en Gavà (Barcelona), cuando el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) amparó a Chema Martínez, un policía local jubilado forzosamente tras sufrir un accidente de tráfico. El caso, avanzado por este medio, también lo ganó Fanlo, que consiguió anular parcialmente el Reglamento de Segunda Actividad del municipio metropolitano. Es lo que piden la letrada y Ailpold para Barcelona ciudad.