El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado la reforma del mercado laboral de febrero con la incorporación de 85 enmiendas de todos los grupos parlamentarios.
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, asegura en un comunicado que las aportaciones «han permitido enriquecer una norma de vital importancia que generará confianza y dará oportunidades». Estos son los principales cambios.
Horarios y convenios más flexibles
El texto legal final amplía del 5% al 10% la parte de jornada que la empresa puede distribuir de manera irregular a lo largo del año. A cambio, el trabajador tendrá derecho a un preaviso de cinco días.
La ultraactividad de los convenios colectivos, el período de tiempo que siguen vigentes tras expirar, se ha reducido de dos años a uno para «incentivar» las negociaciones entre empresas y trabajadores.
En el caso de despido colectivo se ha potenciado las posibilidades de que las partes recurran a mecanismos de mediación o arbitraje .
Absentismo
El despido por causas objetivas en caso de absentismo ha sido modificado con el establecimiento de un periodo de referencia de un año para computar las ausencias del empleado, dando así una seguridad jurídica mayor.
La redacción original de la reforma laboral permitía despedir con 20 días de indemnización al empleado que «por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
La enmienda añade que, en el caso del absentismo del 20% de las jornadas hábiles durante dos meses consecutivos, también se exigirá que las faltas de asistencia sumen un 5% de las jornadas hábiles durante los 12 meses anteriores.
Jubilación forzosa
Las enmiendas eliminan la jubilación forzosa prevista por el convenio al declarar nulas y sin efecto las cláusulas que permitan la extinción del contrato de trabajo cuando se alcance la edad de jubilación.
‘Enmienda Telefónica’
La reforma laboral aprobada por el Congreso obligará a lasempresas con al menos 100 trabajadores, en vez de los 500 previstos originalmente, a efectuar una aportación económica al Tesoro Público cuando hagan despidos colectivos en los que se incluyan a trabajadores de 50 o más años de edad.
Estarán obligadas a hacer estas aportaciones si han tenido beneficios en los dos ejercicios económicos anteriores a aquél en que el empresario inició el procedimiento de despido colectivo.
Víctimas del terrorismo
Las personas que tengan reconocida la condición de víctima del terrorismo estarán incluidas en el colectivo entre los de difícil acceso o permanencia en el empleo.
Estos trabajadores un derecho a la adaptación a la jornada de trabajo y un derecho preferente a ocupar un puesto vacante de la empresa en otra localidad, si se vieran obligados a abandonar la localidad donde venían prestando servicios.
Asimismo, los empresarios que contraten por tiempo indefinido a víctimas del terrorismo, tendrán derecho durante cuatro años a una bonificación mensual de la cuota a la Seguridad Social de 125 euros, o de 50 euros durante toda la vigencia del contrato si éste es temporal.
Discapacitados
El Gobierno tendrá 12 meses para diseñar una Ley de promoción de la inclusión laboral de personas con discapacidad.
Además se les reconoce un derecho preferente de los trabajadores discapacitados a ocupar un puesto de trabajo vacante de la empresa en una localidad distinta para recibir un tratamiento de rehabilitación, físico o psicológico relacionado con su discapacidad.
Más facilidades para el turismo
Para las empresas del sector turístico se establece la posibilidad de ampliar durante dos meses (marzo y noviembre) más la actividad de los trabajadores fijos discontinuos, bonificándose para ello el 50% de la cotización empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes durante estos dos meses adicionales.
Sueldos públicos
Se extiende al sector público autonómico y local las medidas de control de las retribuciones e indemnizaciones del personal de alta dirección.